Revisar en profundidad la legislación (enlace a las propuestas concretas del informe, artículo por artículo) para eliminar aquellas disposiciones que puedan limitar o interferir de manera desproporcionada en el ejercicio de derechos humanos como la libertad de reunión, expresión e información, como por ejemplo la imposibilidad de la celebración de reuniones espontáneas, o las prohibiciones genéricas para celebrar reuniones en ciertos lugares.
Garantizar que todas las personas acceden a recursos adecuados, efectivos y rápidos cuando por la actuación de terceros, o también de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, consideren vulnerados sus derechos de reunión pacífica, expresión e información.
Tanto el gobierno central como los autonómicos con competencia en seguridad deben asegurarse de que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley reciban la formación adecuada en materia de derechos humanos, y garanticen, respeten y hagan respetar el derecho de reunión, expresión e información de toda la población, permitiendo que las y los periodistas pueden realizar su trabajo, incluido grabar y difundir información de la policía, sin injerencias injustificadas. También se deben incorporar mecanismos independientes y adecuados de investigación y garantías efectivas de supervisión y de rendición de cuentas de la actividad policial para evitar el uso excesivo de la fuerza o actuaciones arbitrarias de todos los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado.
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