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Satisfacción ante la decisión judicial de permitir el uso de banderas esteladas en la Final de Copa del Rey

By Xavier Rondón Medina - Catalunya Vs Nigeria, CC BY-SA 2.0
  • La prohibición de la delegación de gobierno de Madrid violaba el derecho a la libertad de expresión
  • No se daban las condiciones establecidas en la normativa internacional para limitar el derecho a la libertad de expresión
Amnistía Internacional expresa su satisfacción ante la decisión del Juzgado de lo Contencioso 11 de Madrid de permitir la presencia de banderas esteladasdurante la celebración de la Final de la Copa del Rey en el estadio de Fútbol Vicente Calderón entre el FC Barcelona y el Sevilla FC el próximo domingo 22 de mayo

Amnistía Internacional considera que esta prohibición podía constituir una violación de derechos humanos



  • Debe estar expresamente fijado por ley (que a su vez debe estar formulada con suficiente precisión para que una persona pueda regular su conducta en consecuencia).
  • Debe poder demostrarse que esta medida es necesaria y proporcionada para proteger intereses públicos especificados o los derechos o la reputación de otras personas.
  • Debe asegurarse que dicha medida es necesaria para la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
Amnistía Internacional considera que en este caso no se daban ninguno de los tres requisitos.

el mero hecho de exhibir la bandera estelada no podía constituir una alteración de orden público o incitar a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atente contra la dignidad humana



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