Si vuelvo, me mato II
Los y las menores son personas con derechos y pese a ello las autoridades han rechazado o minimizado las denuncias sobre las vulneraciones que sufren. Han justificado la ausencia de investigaciones reales de las denuncias y consideran a los menores ingresados en estos Centros como un problema creciente o incluso como una amenaza emergente para la convivencia familiar y social. Invisibles, sin voz y sin garantías, los derechos de los menores están sometidos a un régimen de excepción y arbitrariedadEsteban Beltrán
La situación de los menores no ha mejorado
limitaciones ante competencias competencia exclusivala regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales
con trastornos de conducta o en situación de dificultad social
CataluñaLey de los Derechos y las Oportunidades en la Infancia y la Adolescencia
Oportunidades perdidas
Andalucía, Cataluña y Madrid
Código Penal
inspección en los Centros de Protección Terapéuticos
Buena disposición, pero pocos hechos
repercusiones concretasasimismo y de manera informal, nos han llegado informaciones sobre la mejora en la calidad de la atención dispensada a los menores en algunos centros (por ejemplo, han sido clausuradas o acondicionadas las celdas de aislamiento de algunos centros) y, en cierto modo —dato que resulta particularmente relevante— se ha roto la sensación de impunidad que existía en las actuaciones dentro de los centros
siguen llegando quejas en las que continúan denunciándose irregularidades en el sistema de protección de menores y vulneraciones de derechos de los niños ingresados en estos centros (...
Denuncias en el Centro “Hogar de Galapagar”: caso abierto
Juan Carlos Villaescusa
- Garantizar derechos y garantías a favor de niños, niñas y adolescentes con trastornos de conducta o en situación de dificultad social, estén o no institucionalizados, a través de legislación estatal exigible en todo el territorio de España.
- Asegurar que todo el sistema de protección toma como guía las normas internacionales y aplica las Directrices de Naciones Unidas sobre las modalidades alternativa de cuidado de los menores.
- Ejercer las funciones de inspección con la debida diligencia y cumplir con investigar de manera exhaustiva e imparcial las alegaciones de abusos, garantizando a quienes denuncian que no serán objeto de represalias.
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