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España: Avances respecto a exhumaciones y nulidad de sentencias injustas, pero el acceso a la justicia todavía una asignatura pendiente en la Ley de Memoria Democrática

© picture alliance / Pacific Press | Jorge Sanz

Ante la votación prevista para hoy del dictamen delProyecto de Ley de Memoria Democráticapor el Pleno el Congreso de los Diputados, Daniel Canales, investigador de Amnistía Internacional España señala lo siguiente:

Amnistía Internacional valora positivamente que hoy el Congreso de los Diputados pueda dar luz verde y remitir al Senado un proyecto de ley que, de aprobarse e implementarse, supondría una mejora respecto del marco normativo establecido por la vigente ‘Ley de Memoria Histórica’ del año 2007”.

A falta de conocer el texto definitivo que pueda ser aprobado por el Pleno del Congreso, pero a la vista del dictamen que será sometido a votación, la futura ley incluye medidas importantes y necesarias; como reconocer la responsabilidad del Estado respecto de las tareas de búsqueda, exhumación e identificación de personas víctimas de desaparición forzada, así como la restitución de sus restos a las familias. Una labor que lleva recayendo durante décadas en los propios familiares y asociaciones privadas”.

Otras medidas que Amnistía Internacional valora positivamente son la declaración de nulidad de las sentencias dictadas en el marco de procedimientos injustos durante la Guerra Civil y el régimen franquista, o la incorporación en el currículo escolar de contenidos sobre memoria y derechos humanos”.

No obstante, Amnistía Internacional considera que el Proyecto de Ley no garantiza el acceso a justicia de las víctimas, al omitir medidas que eliminen los obstáculos a la investigación judicial de los crímenes de derecho internacional cometidos en España en el pasado. Algo que ha recomendado Naciones Unidas en hasta 11 informes desde el año 2008, al señalar la necesidad de privar de efectos a la Ley de Amnistía de 1977, de forma que no pueda ser aplicada por los tribunales españoles para impedir el enjuiciamiento de estos crímenes”.

Amnistía Internacional observa que el derecho a la verdad se vincula con una “finalidad de fomentar el conocimiento científico”, pero no expresamente con la necesidad de promover una política de Estado para la promoción de la verdad, ni con la necesidad de que dicha actuación deba llevarse a cabo a través de investigaciones judiciales. Una novedad importante introducida en el dictamen del Proyecto de Ley es el establecimiento de una Comisión estatal e independiente con el objetivo de contribuir al esclarecimiento de las violaciones de los derechos humanos durante la Guerra y la Dictadura, que mejora la redacción inicial del Proyecto a este respecto. Sin embargo, Amnistía Internacional observa que esta Comisión se relega a un ámbito meramente académico, y no se le atribuyen medidas efectivas de investigación, ni el mandato de identificar a las personas y autoridades involucradas en la comisión de estas graves violaciones de derechos humanos”.

En lo que se refiere al derecho a la reparación y las garantías de no repetición, Amnistía Internacional observa con preocupación que el Proyecto de Ley mantiene la exclusión de la indemnización como una de las formas de reparación reconocidas por el Derecho Internacional. Además, tampoco establece expresamente que la formación en materia derechos humanos y memoria democrática deba impartirse a miembros de la judicatura y fuerzas de seguridad, como vienen recomendando de forma reiterada los mecanismos de Naciones Unidas desde hace años”.

“Finalmente, el Proyecto establece una serie de medidas que pueden impactar en el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación, y que no han sido modificadas durante los trabajos de la ponencia y la Comisión constitucional. A juicio de Amnistía Internacional, algunas de estas disposiciones podrían constituir una interferencia ilegítima en el ejercicio pacífico de estos derechos humanos, al contemplar limitaciones e incluso sanciones ante supuestos de hecho definidos vagamente y de forma excesivamente amplia, sin alcanzar el umbral requerido por el Derecho Internacional para el establecimiento de este tipo de restricciones”.

Amnistía Internacional insta a que el trámite parlamentario continúe realizando las modificaciones necesarias para que la futura ley esté en consonancia con los estándares internacionales de derechos humanos.

 

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