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Américas: La pandemia de la COVID-19 no debe ser un pretexto para violar derechos humanos

© YURI CORTEZ/AFP via Getty Images

Los Estados de las Américas deben priorizar el enfoque en derechos humanos al combatir la pandemia de la COVID-19 que ha puesto de manifiesto las grandes brechas de desigualdad y discriminación de la región, dijo Amnistía Internacional en una carta abierta a los y las jefes de Estado que asistirán a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

“La estrategia para combatir la pandemia de la COVID-19 en muchos países de las Américas se ha caracterizado por el empleo de medidas represivas y el uso innecesario de la fuerza. Estas medidas, sumadas a los desafíos estructurales y las grandes brechas sociales y económicas que anteceden a la pandemia, coadyuvan a perpetuar la desigualdad y la discriminación en el continente”, dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

En países como El Salvador, Paraguay y Venezuela, entre otros, las estrictas medidas tomadas para combatir el COVID-19 incluyeron que decenas de miles de personas fueran confinadas en centros de cuarentenas administrados por el estado bajo custodia policial o militar. La imposición de cuarentenas obligatorias bajo control del estatal, sin conocer el tiempo de su duración, en entornos que carecen de medidas mínimas de prevención y control de las infecciones, y sin garantías de procedimientos independientes que cumplan con lo establecido por el derecho internacional de los derechos humanos, podría constituir una detención arbitraria. Asimismo, si los centros de cuarentena propician situaciones discriminatorias y las autoridades estatales no proporcionan agua, alimentación y atención médica adecuada, estas condiciones podrían constituir tratos crueles, inhumanos o degradantes y una violación del derecho a la salud. 

Por otra parte, en países como Chile y Nicaragua, donde en años recientes se han cometido violaciones de derechos humanos e incluso crímenes del derecho internacional – como tortura – es indispensable que los Estados miembros de la OEA, en virtud de la obligación compartida de garantizar derechos humanos, urjan a las autoridades nacionales competentes a investigar seria y exhaustivamente dichas situaciones.

En el caso particular de Nicaragua, es imperativo que se tomen medidas para prevenir el contagio de la COVID-19 en el país, se libere a las personas detenidas sólo por ejercer sus derechos y se implementen acciones para proteger a quienes se desempeñan en el sistema de salud nicaragüense, ante las medidas intimidatorias que sufren por disentir con las políticas del gobierno.

Por otro lado, la cooperación entre los Estados de las Américas debe garantizar que los tratamientos médicos para combatir la COVID-19 y la potencial vacuna estén disponibles y sean accesibles sin discriminación, estableciendo medidas especiales para apoyar a los grupos específicos que corren un mayor riesgo ante el virus, o cuya posición marginal significa que podrían quedar rezagados al acceso a las vacunas o a los tratamientos.

“Los Estados de las Américas deben procurar evitar enfoques exclusivamente nacionales en la asignación de tratamientos y eventual vacuna contra la COVID-19, la cooperación internacional debe centrar sus esfuerzos a fin de evitar que acuerdos bilaterales se impongan sobre las necesidades regionales de toda la población continental en su conjunto, debiendo ser los criterios orientadores, para esta asignación, siempre acordes con las normas y estándares de derechos humanos”, dijo Erika Guevara Rosas.

Asimismo, Amnistía Internacional considera que en este momento histórico es indispensable contar con un sistema Interamericano de derechos humanos fortalecido. En este sentido, la organización exige a los Estados miembros de la OEA y a su Secretario General que respeten la autonomía y la independencia de los órganos del sistema interamericano de derechos humanos. Además, la organización llama a instaurar los canales de investigación independientes que permitan dar un curso adecuado a las denuncias que se puedan haber planteado desde el seno de la CIDH, asegurando así el cumplimiento de todas las garantías para las partes, la transparencia en la gestión pública, y eventualmente, si correspondiera, la determinación de responsabilidades y medidas de reparación.

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