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Entrega de las firmas ante el Ministerio de Interior

Entrega de más de 32.000 firmas al Ministerio de Interior

Blog

Por una Ley Integral contra la Trata de Seres Humanos

Por Andrea Ortiz Ruiz, activista del Equipo Mujeres y Derechos Humanos de Amnistía Internacional,

Más de 32.000 personas han apoyado con su firma esta petición que Amnistía Internacional reclama al Gobierno y al Parlamento.

Muchas veces nos hemos planteado el irnos a otro país a “buscar un futuro mejor”, para ayudar a nuestra familia o para mejorar nuestro bienestar propio de una manera que, por la razón que fuera, no conseguimos en nuestro país de origen. Esto mismo le sucedió a Berta (nombre ficticio), una adolescente brasileña de tan sólo 15 años que acababa de dar a luz, y a la que prometieron un trabajo en España para ayudar a su familia y a su bebé, pero a la que, en cambio, obligaron a prostituirse. Berta se convirtió así en víctima de trata.

¿Qué es la trata de personas?

Por “trata de personas” se entiende la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza, uso de la fuerza u otras formas de coacción, con fines de explotación.

Es importante diferenciarlo del término “tráfico de personas” ya que, aunque están muy relacionados, la trata no concibe ningún tipo de consentimiento por parte de la víctima, y cuenta con un objetivo de explotación concreto, como la explotación sexual, la esclavitud o el trabajo forzado, entre otros. Además, existe un elemento de trasnacionalidad que, si bien en el tráfico de personas el objetivo constituyente del delito es el cruce de fronteras internacionales de manera ilegal, la trata puede darse tanto dentro como fuera de un país.

Carolina Yuste interpretando el testimonio de Berta, brasileña de 32 años

Carolina Yuste interpretando el testimonio de Berta, brasileña de 32 años. Fotogragía Paco Ruano

¿Cuál es el marco normativo vigente?

En el ordenamiento internacional, las víctimas de trata están protegidas por los instrumentos del ámbito del derecho internacional de los derechos humanos y los referidos al derecho internacional del trabajo.

El Protocolo de Palermo del año 2000 fue el primer instrumento jurídico internacional en el ámbito de la trata. Definió las responsabilidades de los Estados en la prevención, represión y sanción de la trata, sirvió como instrumento de base para los ordenamientos nacionales y se focalizó en la protección y asistencia de las víctimas, siendo el primer instrumento internacional legalmente vinculante que definió este delito y encuadró este fenómeno en un enfoque global.

Asimismo, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979 (CEDAW) considera la trata como una forma de violencia y discriminación contra las mujeres e insta a los Estados parte a tomar las medidas necesarias para suprimirla.

En el ámbito europeo, el Convenio de Varsovia incorpora el principio de diligencia debida en relación a la prevención de la trata y protección eficaz de las víctimas, y la Directiva 2011/36/UE establece un marco mínimo de asistencia, apoyo y protección a las víctimas con enfoque integral. En el caso de España, la trata de seres humanos se incluyó como delito en el Código Penal en el año 2010, y va principalmente dirigido a la lucha contra la trata con fines de explotación sexual.

Nathalie Poza interpretando el testimonio de María, brasileña de 40 años

Nathalie Poza interpretando el testimonio de María, brasileña de 40 años. Fotografía Paco Ruano

¿Quiénes son las víctimas de trata?

Para abordar el fenómeno de la trata es imprescindible incorporar la perspectiva de género, ya que nos permitirá ver el impacto diferenciado y desproporcionado que la trata tiene sobre las mujeres y niñas.

Según el informe de Naciones Unidas del año 2018 la feminización de la pobreza, la violencia de género, la falta de oportunidades laborales y educativas, los conflictos armados y las crisis humanitarias son los factores que favorecen que las víctimas de trata sean mujeres, niñas y niños. Más concretamente, a nivel global, el 72% de las víctimas de trata detectadas son mujeres y niñas, pero si nos centramos únicamente en la trata con fines de explotación sexual, este porcentaje aumenta hasta un 99%.

Es muy difícil determinar cuál es la cifra exacta de víctimas de trata, pues solo contamos con los datos de aquellas que han sido identificadas por los Cuerpos de Seguridad del Estado. Al no existir datos desagregados, unificados y sistematizados que muestren la verdadera magnitud de este problema, solo se sabe que 1.154 de las al menos 62.700 personas que, según el Ministerio del Interior, estaban en situación de riesgo de trata con fines de explotación sexual entre 2015 y 2021, han sido identificadas como víctimas, lo que supone menos de un 2%

Así, el principal problema al que se enfrentan las víctimas de trata es su invisibilidad, que puede venir determinada por diferentes aspectos: la falta de formación de los profesionales que tratan con las víctimas potenciales; la estigmatización basada en prejuicios y la desconfianza de las autoridades; así como el miedo a la deportación de las víctimas de trata, pues estas se encuentran en muchas ocasiones en situación irregular.

Las víctimas de trata indicaron a Amnistía Internacional que para los agentes encargados de atender los flujos migratorios prima más la necesidad de control migratorio que una posible identificación y protección de estas víctimas potenciales. Por tanto, no existe el enfoque multiagencial que demandan los organismos internacionales de derechos humanos y además no hay protocolos de desembarco que puedan desvelar situaciones de riesgo o trauma.

Colaboré con la policía para denunciar todo lo ocurrido. A cambio de contarlo todo pedí protección, pero no me ayudaron en nada. Ni se me ha considerado víctima de trata

Berta, vícitima de trata

La ausencia de protocolos claros que establezcan mecanismos de coordinación sobre la identificación y protección de estas víctimas de trata, reales y potenciales, tiene como consecuencia distintas actuaciones en cada punto de llegada de personas migrantes y refugiadas. Es decir, es una lotería. Además, estas víctimas, al igual que el resto de las personas migrantes y/o refugiadas, no consiguen una asistencia letrada de calidad, ni intérpretes, ni una correcta información sobre sus derechos, lo que agrava su situación, y dificulta su posible identificación y protección.

Lucía Juárez interpretando el testimonio de Alika, nigeriana de 28 años

Lucía Juárez interpretando el testimonio de Alika, nigeriana de 28 años. Fotografía Paco Ruano

¿Cómo se puede proteger a las víctimas de trata?

Los Estados deben adoptar medidas razonables con posibilidades de alterar el resultado o mitigar el daño. Para ello, están obligados a realizar una evaluación a fondo para comprobar los resultados y la eficacia de las medidas, y en particular para cerciorarse de que las medidas adoptadas son apropiadas para garantizar los derechos humanos de las personas que son objeto de la trata.

Es deber de los Estados el que se adopten medidas para que se prevenga la trata a través de la coordinación, investigación, educación y medidas específicas en las fronteras. También han de proteger los derechos de las víctimas garantizando su detección, identificación, protección y asistencia integral, así como garantizar el acceso a la justicia, su protección durante el proceso judicial y su posterior reparación.

Las políticas migratorias que criminalizan a las personas migrantes o refugiadas provocan que la identificación, protección y reparación de las víctimas de trata sea muy complicada. Es importante, así, que se trate a las víctimas como víctimas, y no como pruebas del delito, pues su cooperación con las autoridades puede repercutir negativamente en sus derechos, especialmente si se trata de migrantes en situación irregular.

Una mujer policía me dijo que si no decía la verdad me deportarían. Les dije que no quería hablar porque no quería morir, habían amenazado también a mi familia

Alika, víctima de trata

Para romper estas Cadenas Invisibles Amnistía Internacional reclama, entre otras demandas:

  • Aprobar una Ley Integral contra la Trata de Seres Humanos con perspectiva de Derechos Humanos, de género e infancia.

  • La reforma del artículo 59 bis de la Ley de Extranjería, garantizando así que la protección de las víctimas de trata en situación irregular no queda supeditada a su colaboración con las autoridades policiales.

  • Que las personas expertas en derechos humanos y en trata puedan identificar a las víctimas en condiciones adecuadas, estableciendo mecanismos de coordinación efectivos por parte de las administraciones públicas y permitiendo la formación especializada a todos estos expertos: policías y autoridades en general, inspectores e inspectoras de trabajo, personal sanitario, trabajadores y trabajadoras sociales, etc.

Más de 32.000 personas han apoyado con su firma estas peticiones y hoy, martes 16 las hemos entregado en el Ministerio del Interior para impulsar la aprobación de una Ley Integral contra la Trata de Seres Humanos.

Damos las gracias a quienes habéis compartido este objetivo con Amnistía Internacional, porque las víctimas de trata necesitan protección urgente.>

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